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AVISO Y PERMISO DE PUBLICIDAD DE COFEPRIS: DIFERENCIAS

Si prestas servicios de salud y los ofertas en Redes sociales, es necesario que cuentes con una autorización Publicitaria, pero ¿CONOCES LOS DETALLES Y LAS DIFERENCIAS ENTRE CADA TIPO DE AUTORIZACIÓN?  Aquí te explicamos las diferencias entre Aviso y Permiso de Publicidad, cual es la que corresponde a tu establecimiento, así como te contamos un caso real en el que ayudamos a un cliente a evitar una multa gigante en materia de publicidad. 

¿Aviso o Permiso de Publicidad?

Primeramente, de conformidad con la Ley General de Salud, y su reglamennto en materia de Publicidad, si ofertas servicios de salud en redes sociales, internet o cualquier medio, debes tener una autorización publicitaria. 

Ahora, existen dos modalidades, el Aviso y el Permiso de Publicidad, pero ¿Cuál es el que me corresponde?

Aún hasta el día de hoy, tanto COFEPRIS como el Reglamento de Publicidad, tienen ciertas lagunas y areas grises en cuanto al criterio de aplicación de Avisos y Permisos publicitarios. 

Sin embargo,  en cuanto a servicios de salud, el criterio que COFEPRIS aplica, es que cuando se trate de servicios de salud ofertados por una persona MORAL es decir, que el propietario del establecimiento sea una persona jurídica, y en sus redes sociales se ostenten como un establecimiento y no de manera individual, les aplica el PERMISO, y  por otro lado, a aquellos servicios prestados de manera individual les aplica el AVISO. 

Es decir, si tú eres el propietario del establecimiento, lo administras individualmente como persona física, y así te ofertas en redes sociales, puedes estar tranquilo de que te corresponde el Aviso. 

En cambio, si estás asociado con otras personas, tienes una persona moral constituida o un hospital o complejo, lo mas probable es que tengas que tramitar un permiso. 

¿Cuál es la diferencia?

La diferencia esencial es que el Aviso, como su nombre lo indica, es solamente advertir e informar a la autoridad sobre la publicidad que estaremos realizando, sin necesidad de que COFEPRIS emita alguna “resolución” de nuestra solicitud. 

A su vez, el permiso sí implica una resolución por parte de la autoridad, la cual puede negar si no se cumplen con los requisitos correspondientes. 

Además, otro dato sumamente relevante es que el Aviso no genera ningún pago de derechos ante la autoridad, y el permiso requiere de un pago aproixmadamente de $31,000 mxn pesos a COFEPRIS por el estudio de nuestra solicitud. 

Por esto es que es sumamente relavente conocer la modalidad de autorización que te corresponde, y así poder elegir el tramite correspondiente. 

¿Qué pasa si no cuento con mi autorización? 

Vamos a contarles el caso del Dr Roberto, de nayarit, que es cirujano plástico y realizaba publicidad de sus servicios en instagram. El doctor comenzó a tener miuchos seguidores y a cobrar popularidad en el gremio. 

Sin embargo, realizaba su publicidad sin apegarse a los lineamientis que establece el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Publicidad, ni contaba con su Aviso de Publicidad. 

Derivado de tales actividades, COFEPRIS le giró una Orden de Suspensión en la que le solició RETIRAR TODA LA PUBLICIDAD, bajo la amenaza de que, de no hacerlo en 24 hrs, se haría acreedor a una multa que podía llegar a las 16,000 UMAS es decir, el equivalente a $1,600,000 pesos. 

Asi mismo, se le informó al Dr. que dicha medida  debería subsistir hasta que no corrigiera la publicidad. 

En ese momento, el Dr. nos contactó para apoyarle y realizamos lo siguiente: 

  1. Realizamos una asesoría inmediata con el Dr y su equipo de MKT, para orientarlos sobre como se debe realizar una correcta y legal publicidad de servicios de salud, qué mensajes incluir y qué tipo de anuncios e imágenes son prohibidas.  
  • Tramitamos a la brevedad el Aviso de Publicidad del DR. En la plataforma DIGIPRIS, que nos permite concluir el tramite el mismo día, cumpliendo así con lo solicitado por la autoridad sanitaria. 
  • Contestamos el informe de verificación y la orden, aplicando nuestra estrategia para evitar sanciones grandes y blindando jurididcamente al Dr. Entre otros argumentos, señalamos que la autoridad, en ese caso particular, no había realizado un correcto señalamiento de las irregularidades detectadas. 

Al final, después de algunos meses, logramos convencer a la autoridad para que no nos impusiera una sanción tan grave, pues si bien, lamentablemente si llegó una multa, la multa fue unicamente de $20,000 pesos, y no de $1,600,000 pesos como la autoridad pretendía. Y además, la multa la pudimos anular y reducirla a 0 con un recurso que interpusimos, apoyandonos con la estrategia de defensa que implementamos desde el primer día. 

Así mismo, el Dr. Pudo seguir realizando su publicidad a la brevedad, sin dejar desatendidos a sus pacientes y continuó generando mas ventas y prestigio entre sus seguidores. 

A la fecha el DR. No ha tenido ninguna revisión por parte de la autoridad, sus redes sociales se encuentran en perfecto cumplimiento, cuenta con su aviso legalmente presentado y está tranquilo pues está cumpliendo correctamente ante COFEPRIS. 

¿Como evito problemas con COFEPRIS?

Si ofertas servicios de salud en internet y redes sociales, y quieres evitar problemas con COFEPRIS, contáctanos para orientarte sobre el tipo de autorización que requieres y te ayudamos a obtener tu Aviso o Permiso de publicidad, para evitarte multas millonarias o suspender tus redes de manera definitiva. 

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